El Gobierno actualiza la Ley Orgánica de Protección de Datos
	
	El pasado 21 de diciembre de 2007, el Consejo de Ministros ha aprobado 
	un Real Decreto por el que se aprueba el 
Nuevo Real Decreto 1720/2007 que 
	actualiza los procesos a realizar con respecto al anterior R.D 994/1999 
	y fija su entrada en vigor tres meses después de su publicación en el 
	Boletín Oficial del Estado.
	
	Con este Reglamento, el Gobierno pretende acrecentar la seguridad jurídica y 
	resolver determinadas cuestiones y lagunas interpretativas que existen en la 
	actualidad, con especial atención a todo aquello que pueda suscitar una 
	mayor sensibilidad a los titulares del derecho y los sujetos obligados por 
	la Ley. Recoge, además, la interpretación que de la Ley Orgánica han 
	efectuado los Tribunales a través de la jurisprudencia.
	Aprovechando este paso adelante en materia de protección de datos, quiero 
	insistir en la importancia de adaptar nuestros negocios a la LOPD. Este tema 
	es uno de los que se suelen dejar de lado en muchas pymes, lo que en mi 
	opinión es un error peligroso porque la LOPD dice clarito que afecta a todas 
	las empresas que manejen datos de carácter personal. Lo raro es que no los 
	maneje tu empresa. Aquí van unos cuantos ejemplos fáciles: Las nóminas de 
	los empleados Aunque las realice una empresa externa (El responsable es tu 
	propia empresa), datos de clientes, curriculums, cámaras de videovigilancia, 
	ficheros con infinidad de datos de la gestión interna de la misma: 
	presupuestos, clientes, correo electrónico (la dirección IP se considera un 
	dato personal), contabilidad…..etc. 
	
	¿Se ha preguntado alguna vez como reiniciaría el desarrollo de su empresa si 
	sufre algún desastre? Por ejemplo: robo en las instalaciones (servidor donde 
	se almacenan todos sus datos, disco duro donde realizan sus copias de 
	seguridad) algo tan simple como tener una copia de seguridad fuera de las 
	instalaciones de la empresa donde se realizan las labores administrativas 
	sería suficiente para recuperar todos los datos y continuar con nuestra 
	actividad.
	
	Los problemas con la 
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) 
	nos pueden llegar a través de frentes que a lo mejor ni se lo imagina: Un 
	empleado que se enfada con el empresario.... Las sanciones que contempla la 
	LOPD, que regularmente impone la Agencia Española de Protección de Datos 
	(AEPD) cuando detecta algún incumplimiento, son de una cuantía tal que a mi 
	me invita a pensar que no conviene la pena arriesgarse a que te pillen en un 
	renuncio. Es importante adaptemos nuestra empresa a la LOPD, cuanto antes, 
	para evitar el riesgo de que la AEPD nos imponga una sanción que pueda 
	afectar a la marcha de nuestro negocio.
	
	
¿Cómo hacer esta adaptación? Podemos implantarla 
nosotros mismos, 
	para lo que debemos leer y comprender la LOPD y poner en práctica las 
	medidas y trámites que contempla. Sin embargo, dada la complejidad de la 
	misma y que mucha gente no está acostumbrada a manejarse con conceptos 
	jurídicos, Gestión de Soluciones le aporta la experiencia del equipo de 
	profesionales realizando todos los procesos personalizados a cada empresa 
	sin que la empresa deba realizar grandes modificaciones en los procesos que 
	hasta ese momento se venían realizando, las dudas que nos vayan surgiendo a 
	lo largo de los meses después de la implantación.
	
	La adaptación a la LOPD casi con toda seguridad requerirá que hagamos 
	cambios en algunos de nuestros procesos, lo que no debería asustarnos, 
	ya que al final nuestra empresa saldrá ganando si es más escrupulosa en el 
	trato de los datos de carácter personal. La concienciación y la formación de 
	las personas que los manejan son claves, sobre todo para asegurar que se 
	hace un correcto tratamiento de los mismos y que se siguen las pautas 
	marcadas en el documento de seguridad.
	
	Si quieres informarte algo más sobre esto de la Ley Orgánica de Protección 
	de Datos de carácter personal, en la web de la Agencia Española de 
	Protección de Datos www.agpd.es hay documentación útil y otra serie de 
	secciones e informes de bastante interés. Ah, y si eres de los escépticos en 
	cuanto a las sanciones, no dejes de pasarte por el apartado de 
	Procedimientos Sancionadores, en la 
Sección de Resoluciones de la web 
	de la AEPD. Viendo alguna de ellas, da grima sólo pensar que nos pueda 
	suceder a nosotros (lo que no debería ocurrir si actuamos con seriedad y 
	profesionalidad).