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Las infracciones están calificadas en tres niveles:

Infracciones Leves

1. No solicitar la inscripción del fichero en la Agencia.
2. No atender la solicitud del interesado de rectificación o cancelación de los datos.
3. No proporcionar la información solicitada por la Agencia
4. Proceder a la recogida de datos sin proporcionar la información necesaria al propio
interesado
5. Incumplir el deber de secreto.

Las infracciones leves serán sancionadas con multas de 601,01 € a 60.101,21 €.

 

 Infracciones graves

1. Crear un fichero de titularidad pública sin la autorización pertinente.
2. Crear ficheros de titularidad privada con un fin distinto al objetivo de la empresa.
3. Proceder a la recogida de datos sin recabar el consentimiento de las personas
afectadas.
4. Impedimento o obstaculización de los derechos de acceso u oposición
5. Mantener los datos inexactos
6. No guardar secreto.
7. Mantener los ficheros sin las debidas medidas de seguridad
8. No remitir o inscribir información requerida por la Agencia.

Las infracciones graves serán sancionadas con multas de 60.101,21 € y 300.506,05 €.
Infracciones muy graves:

ciones Graves


Infracciones MUY Graves

1. La recogida de datos de forma engañosa y fraudulenta.
2. La comunicación o cesión de datos, fuera de los casos permitidos.
3. Recabar, tratar o no guardar secreto sobre los datos que se refieren a la salud, vida
sexual, origen racial, ideología o creencias sin la autorización expresa del interesado.
4. No atender las exigencias de la Agencia de Protección de Datos
5. Tratar los datos de forma ilegítima o con menosprecio.

Las infracciones muy graves serán sancionadas con multas de 300.506,05 € a 601.012,10 €.

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